
DETERMINACIONES DEL NUEVO ESTADO DE ALARMA EN ARAGÓN
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DECRETO de 26 de octubre de 2020.
Medidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el marco del Real Decreto 926/2020 de 25 de octubre por el cual el Gobierno de España decreta el estado de alarma.
Entrada en vigor: 26 de octubre de 2020.
Limitación de la movilidad:
Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón desde las 00:00 horas del 27 de octubre, hasta las 00:00 horas del 9 de noviembre, excepto por los siguientes motivos:
- Asistencia a centros y establecimientos sanitarios.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, instituciones o legales.
- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos.
- Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
- Asistencia y cuidados a mayores, menores y dependientes.
- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Renovaciones de permisos y documentación oficial y trámites administrativos inaplazables.
- Realización de exámenes o pruebas oficiales.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Se permite la circulación dentro de la comunidad Autónoma de Aragón, salvo con los municipios confinados perimetralmente.
Se mantiene el confinamiento perimetral y las limitaciones de entrada y salida de personas de los municipios de Huesca, Zaragoza y Teruel.
La restricción de la movilidad nocturna (toque de queda), se mantiene por el momento en el horario de 23:00 a 6:00 horas.
Accede al Decreto del BOA completo AQUÍ